| Normativas, hay que adaptarse a ellas |
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Ya es vigente la autorización para poder Gobernar embarcaciones de hasta 7,5 mts. con el Titulo de Navegación Básica y hasta 5 millas. |
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El Impuesto de matriculación en las embarcaciones pasa de 7,5 m. a 8 m. de eslora. |
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Todo artefacto
que flote y navegue sobre el agua de mas de 2,50 mts. de eslora, |
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Sin titulación se podrá llevar embarcaciones de hasta 4 m. y 15 Hp. |
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Los motores de 2 Tiempos de
carburación no
importados antes del |
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A partir de 2 millas
de la Costa se ha de instalar, legalizados, VHF con DSC + GPS |
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Las motos acuáticas pagaran a partir de ahora el
16% de Iva + 14% de |
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Cada 5 años se ha de
sacar el Certificado de Navegabilidad; |